El Presupuesto General de la Nación (PGN) es el conjunto de ingresos y gastos planeados por el Gobierno en un año determinado.
Constituye el ordenamiento de los recursos públicos, mediante la identificación de la fuente de origen que financiará los mismos y que tiene como objetivo facilitar el análisis y distribución de los recursos asignados a los Organismos y Entidades del Estado.
Corresponde a los recursos de la Tesorería General administrada por la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Hacienda recaudados y obtenidos durante el ejercicio fiscal destinados para el financiamiento de los gastos e inversiones de los Organismos y Entidades del Estado.
Corresponde a los recursos provenientes del endeudamiento público interno y externo, por la colocación de títulos y valores o por el desembolso de préstamos. Comprende el crédito público interno y el crédito público externo, celebrados dentro del marco legal y reglamentario de la Ley N° 1535/99 “DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO”.
Comprende los recursos pertenecientes a los organismos de la Administración Central y Entidades Descentralizadas, originados por disposición legal, coparticipación tributaria y no tributaria, transferencias, donaciones u otros conceptos. Incluye los ingresos generados por la producción de bienes o la prestación de servicios de determinados Organismos y Entidades del Estado.
La distribución del presupuesto sirve para ordenar las transacciones financieras y facilitar el análisis de la política fiscal y la programación, ejecución y control del presupuesto. Los gastos se clasifican atendiendo a las finalidades que persiguen; la clasificación del gasto según su objeto determina la naturaleza de los bienes servicios que el Gobierno adquiere para desarrollar sus actividades; la clasificación económica del gasto determina el destino del mismo y la clasificación funcional del gasto determina las finalidades específicas, según los propósitos inmediatos de la actividad gubernamental.